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Preguntas Frecuentes

Encuentra respuestas a las dudas más comunes sobre servicios funerarios en Chile

1) Obtén el certificado médico de defunción (médico tratante si la muerte fue esperada; si fue repentina, violenta o dudosa, el caso pasa al Servicio Médico Legal). 2) Inscribe la defunción en el Registro Civil de la comuna donde ocurrió el deceso; allí entregan el ‘pase de sepultación’. 3) Con el pase, coordina con la funeraria la sepultura o cremación. Por norma sanitaria, el cuerpo no puede permanecer insepulto más de 48 horas salvo autorización de la autoridad sanitaria.
Debes inscribirla en la oficina del Registro Civil correspondiente al lugar del fallecimiento. El trámite es gratuito y genera un único ‘pase de sepultación’ que exige el cementerio o crematorio. Plazo habitual: hasta tres días desde la fecha de muerte; pasado ese plazo puede requerirse autorización judicial.
Con certificado médico: certificado de defunción y cédula de quien inscribe. Con testigos: cédulas del fallecido/a, del inscritor y de dos testigos, más constancia médica del impedimento para emitir certificado. Muerte violenta: certificado del SML, orden judicial de autopsia y cédula del fallecido/a. Muerte presunta: copia autorizada de la sentencia que la declara.
El Código Sanitario establece que ningún cadáver puede permanecer insepulto por más de 48 horas, salvo casos excepcionales en que la autoridad sanitaria lo amplíe o reduzca.
Se requiere el pase de sepultación emitido por el Registro Civil y cumplir la normativa sanitaria vigente del reglamento de cementerios. Si la muerte está bajo investigación, la Fiscalía/Juzgado debe autorizar la disposición final. Las cenizas se entregan en ánfora; su traslado no requiere autorización sanitaria, pero deben ir en recipiente cerrado.
Sí. Se usa el pase de sepultación y, cuando corresponde, autorización de la autoridad sanitaria (SEREMI). La funeraria gestiona ataúd y condiciones de transporte según el Reglamento General de Cementerios.
No. El reglamento indica que el traslado de cenizas no requiere autorización sanitaria, pero deben ir en ánforas/cofres debidamente cerrados. Si viajas en avión, revisa requisitos de la aerolínea y documentos como certificado de defunción y de cremación.
El Consulado de Chile puede orientar y gestionar repatriaciones. Usualmente se solicita certificado de defunción del país de origen, documentación de embalsamamiento o cremación con apostilla, y coordinación entre funerarias. Los requisitos exactos varían según el país.
La entrega depende de la orden del fiscal a cargo. En casos habituales, el SML realiza las pericias y la entrega suele ocurrir dentro de 24 a 48 horas desde iniciado el trámite, salvo investigaciones complejas.
Sí. Si la persona fallecida recibía Pensión Garantizada Universal (PGU), existe una cuota mortuoria de 15 UF. Además, para afiliados/as al sistema previsional, la ‘cuota mortuoria’ de pensiones ayuda a cubrir el funeral. Revisa en IPS/Superintendencia de Pensiones las condiciones y cómo cobrarla.
En Chile: 10 días corridos por muerte de un hijo/a; 7 días corridos por muerte de cónyuge o conviviente civil; 7 días hábiles por muerte de un hijo/a en gestación; y 4 días hábiles por muerte de padre, madre o hermano/a. Son con goce de remuneraciones.
La sepultura implica inhumación en cementerio (tumba, nicho o parque). La cremación reduce el cuerpo a cenizas para conservarlas en columbario, en el hogar o sepultarlas. Decide considerando deseos del fallecido, creencias familiares, presupuesto y disponibilidad en cementerios/crematorios.
Sí. Las funerarias coordinan capillas o velatorios y ceremonias laicas o de diversos credos. También puedes hacer despedidas íntimas en domicilio (siempre cumpliendo la normativa sanitaria y tiempos legales) o servicios conmemorativos posteriores.
Sí. En Chile, toda persona mayor de 18 años es donante por ley salvo que se haya inscrito como ‘no donante’. Puedes verificar en el Registro Civil. En muertes asociadas a delito, el fiscal autoriza la extracción previa consulta al SML.
Dependen del tipo de servicio (sepultura o cremación), traslado, sala de velatorio, ceremonia, ataúd/urna y la sepultura o columbario. La cuota mortuoria puede ayudar a financiar parte del gasto. Solicita un presupuesto desglosado y compara alternativas.
El reglamento establece que los cementerios no pueden rechazar inhumación o incineración sin justa causa calificada por la autoridad sanitaria. Si recibes una negativa, pide que te expliquen la causal y solicita orientación a la Seremi de Salud.
En general, lo gestiona el cónyuge o familiar directo (hijos/as, padres, hermanos/as). La funeraria solicitará respaldo de parentesco y documentos básicos (cédulas, certificado de defunción/pase de sepultación) para contratos y autorizaciones de traslado o cremación.
Certificado de defunción → Inscripción en Registro Civil → Pase de sepultación → Coordinación con funeraria → Sepultura o cremación dentro de los plazos. Guarda copias del pase, factura del servicio (para beneficios) y certificados médicos.
Pide precio total y desglose (traslado, velatorio, ataúd/urna, trámites, cementerio/columbario), tiempos de respuesta, disponibilidad de salas, modalidad de pago, y si gestionan beneficios (cuota mortuoria) y traslados especiales.
Conservar certificados y facturas; informar a AFP/IPS/compañías de seguros; revisar herencias/cuentas bancarias; solicitar certificados adicionales de defunción si los necesitas para gestiones notariales y previsionales.

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